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Un juez falló a favor de un hombre que reclamó por vía judicial que le otorguen el registro a pesar de las multas impagas.

Ocurrió en La Plata. En marzo de este año el Juez del Fuero Correccional Juan José Ruiz, declaro la inconstitucionalidad de la norma provincial que obliga a presentar un Libre Deuda de infracciones de tránsito como requisito indispensable para la tramitación del registro de conducir.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata, ahora abala dicha postura y le otorga al solicitante (Mariano Martinelli) el derecho a continuar con su trámite.

Los integrantes de la Cámra (Gustavo Juan De Santis, Claudia Angélica Milanta y Gustavo Daniel Spacarotel), además rechazaron la apelación de la Municipalidad de La Plata y de la Fiscalía del Estado Bonaerense.

El juez argumentó que «nuestra provincia posee un régimen específico propio para perseguir el cobro de las multas que se imponen a los infractores de tránsito» entre otros conceptos vertidos en el fallo.

Si bien los argumentos expuestos por el juez Ruiz fueron suficientes para que los camaristas coincidan con que obligar a abonar las multas en el transcurso de la tramitación del registro es inconstitucional, esto aplica sólo en el caso de Martinelli, pero sienta un precedente que seguramente abrirá la puerta a nuevos amparos judiciales.